Importancia del Registro Legal de Fauna
Las abejas nativas sin aguijón (ANSA) en Colombia son consideradas **fauna silvestre**. Bajo la Ley 2111 de 2021 (Delitos Ambientales), la captura destructiva, la movilización o la comercialización de colmenas de origen silvestre sin autorización ambiental de la corporación autónoma respectiva acarrea severas sanciones penales y económicas.
¿Por qué Cortolima exige este libro?
Este Libro de Operaciones es la prueba reina de que tu explotación melícola es **sostenible**. Registra de dónde provienen tus colmenas (por ejemplo, capturadas mediante cajas señuelo ecológicas de madera o multiplicadas mediante divisiones técnicas dentro del zoocriadero), garantizando que no compras nidos extraídos ilegalmente por taladores de bosques nativos.
Salud del Meliponario
Si tienes colmenas en estado "Débil", activa inmediatamente trampas de vinagre de manzana internas para prevenir ataques del fórid (*Pseudohypocera kerteszi*).
I. Protocolo de Fauna Silvestre (Adquisición e Inventario)
Captura Pasiva Sostenible:
Toda captura externa de colonias debe realizarse obligatoriamente mediante **Cajas Señuelo de Madera**. Queda estrictamente prohibido el derribo de árboles o la perforación de estructuras naturales.
Zoocría Cerrada (Multiplicación):
La ampliación de inventarios con fines de comercialización de nidos se fundamenta en la **División Técnica de Colonias Fuertes** preexistentes en el meliponario, asegurando un ciclo de reproducción cerrado.
Inspección de Movilización:
Cualquier traslado o movilización de especímenes fuera de las fincas piloto registradas en Ibagué requiere guía de movilización y debe ser previamente cargado en este sistema para auditoría de Cortolima.
II. Proceso Operativo de Cosecha Ética
Filtro de Viabilidad de la Colmena:
Solo se permite la extracción de meliponinos clasificados en estado de salud **Fuerte** o **Medio**. Queda terminantemente prohibido extraer miel de colmenas catalogadas como **Débiles**.
Inocuidad y Aspiración Mecánica:
La extracción debe realizarse de manera aséptica mediante jeringas o bombas de succión estériles, perforando únicamente los potes de miel superiores del módulo de alza (mielera) sin alterar el involucro ni los discos de cría.
Retención Obligatoria (25% de Reserva):
Para blindar el nido contra brechas alimentarias derivadas de variaciones climáticas en Ibagué, **un tercio del volumen extraído** debe registrarse formalmente como reserva de seguridad dejada en los potes de alimento.
Inventario de Colmenas (ANSA)
Control individual de origen, estado biológico y ubicación de las colonias.
Trampas y Cajas Señuelo Activas
Rastreo de prospección biológica. Esencial para sustentar capturas pasivas no invasivas.
Registro de Divisiones Técnicas
Documenta la multiplicación artificial de tus nidos. Este es el respaldo de origen legal exigido por CORTOLIMA.
Registro de Cosechas Éticas
Monitoreo auditable de extracción. Garantiza de forma legal que no se desabastece a la colmena (mín. 25% de reserva).
LIBRO DE OPERACIONES Y SEGUIMIENTO
Aprovechamiento y Comercialización de Mieles y Nidos de Abejas Nativas Sin Aguijón (ANSA)
CORTOLIMA • Corporación Autónoma Regional del Tolima • Resoluciones Vigentes
Meliponario Iwagé S.A.S.
Representante: Origen Consciente
Ibagué, Tolima, Colombia
Finca El Totumo (bst)
Cañón del Combeima (bh-PM)
Ibagué, Tolima
• *Tetragonisca angustula* (Angelita)
Método: Cajas Híbridas AF/INPA
Soporte Floral: Sistema de Materas
I. Inventario General de Especímenes (Colmenas Activas)
| Código ID | Especie Científica | Tipo Adquisición | Lugar de Origen | Fecha Alta | Salud | Ubicación |
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II. Registro de Prospección y Captura Pasiva (Cajas Señuelo)
| ID Señuelo | Material Señuelo | Fecha Instalación | Ubicación de Prospección | Estado Actual | Fecha Captura |
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III. Registro de Aprovechamiento de Miel (Cosechas Éticas)
| ID Cosecha | ID Colmena | Fecha Cosecha | Volumen Extraído (ml) | Reserva Dejada (ml) | % Conservación | Operador |
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IV. Declaración Técnica de Cumplimiento (Protocolos de Sostenibilidad)
DECLARACIÓN DE FAUNA SILVESTRE: Se certifica bajo gravedad de juramento que el 100% de los especímenes inventariados en la Sección I de este reporte provienen de capturas pasivas con cajas técnicas de madera autorizadas en el plan de manejo o de divisiones controladas en zoocriadero, excluyendo el saqueo de hábitats naturales.
DECLARACIÓN DE COSECHA ÉTICA: Se garantiza que todas las extracciones registradas en la Sección III respetan el criterio técnico de conservación biológica de las ANSA, habiendo retenido como reserva alimentaria para las abejas al menos el 25% del volumen del néctar total estimado en los potes de cerumen.